REGULACIONES Y NORMATIVAS AODCh

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REGULACIONES Y NORMATIVAS AODCh 

La Asociación de Odontología Deportiva de Chile es una sociedad con fines educativos, investigativos y clínicos, que promueve acceso odontológico, trabajo en equipo, calidad de servicio y respeto entre las partes involucradas en todo el abanico de los servicios con los que se identifica; con el objetivo de velar por estos intereses, AODCh toma la decisión de elaborar el presente documento, el cual será público y de libre acceso, para toda persona que se involucre con la Asociación en sus distintos niveles.

Deberes y Derechos de los Paciente

  1. DEBERES:
    • Entregar información veraz acerca de su enfermedad, identidad y dirección.
    • Conocer y cumplir el reglamento interno y resguardar su información médica/ odontológica.
    • Cuidar las instalaciones y equipamiento del recinto.
    • Informarse acerca de los horarios de atención y formas de pago.
    • Tratar respetuosamente al personal de salud.
    • Dar prioridad a personas con derecho de atención preferente.
    • Responsabilidad frente al servicio de salud prestado: asistencia, puntualidad, y/o aviso anticipado de cancelación. 
    • Adherencia al tratamiento y medidas preventivas recomendadas por el odontólogo tratante.
  2. DERECHOS:
    • Tener información oportuna y comprensible de su estado de Salud.
    • Recibir un trato digno, respetando su privacidad.
    • Ser llamado por su nombre y atendido con amabilidad.
    • Recibir una atención de salud de Calidad y Segura, según protocolos establecidos.
    • Ser informado de los casos de su atención de salud.
    • No ser grabado ni fotografiado sin su permiso expreso (Consentimiento Informado de Difusión Fotográfica AODCh).
    • Que su información médica no se entregue a personas no relacionadas con su atención.
    • Aceptar o rechazar cualquier tratamiento y pedir el alta voluntaria.
    • Consultar o reclamar respecto de la atención de salud recibida.
    • Ser incluido en estudios de investigación científica sólo si lo autoriza (Consentimiento / Rechazo de Investigación Científica AODCh)
    • Que el personal de salud porte una identificación, ya sea en ropa clínica o tarjeta institucional.
    • Toda persona mayor de 60 años y/o con necesidades diferentes tendrá derecho a atención preferente.

Deberes y Derechos de los Profesionales

  1. DEBERES:
    • Atención personalizada y respetuosa, salvaguardando la integridad del atleta y sus familiares.
    • Entregar educación preventiva en salud orofacial.
    • Trabajo preventivo, educativo, correctivo y de seguimiento de calidad, con enfoque a dar respuesta oportuna a los problemas y patologías relacionadas a la salud orofacial del paciente deportista.
    • Control de dopaje en relación con fármacos utilizados en odontología.
    • Dar acceso a ficha clínica y radiografía del paciente en caso de ser requerida por el mismo y/o entidad legal acreditada para ello.
    • Educación continua en conocimientos de Odontología Deportiva,acreditando certificación.
    • Participación íntegra y activa de la Asociación.
    • Evolucionar en plataforma disponible (Dentalink) ficha clínica de paciente en cada cita realizada.
  2. DERECHOS:
    • El profesional de la Red AODCh se podrá negar a atender a un paciente que, de alguna forma, no cumpla con los deberes establecidos en el punto “Derechos y Deberes del Paciente”.
    • Podrá derivar o negarse a realizar un determinado tratamiento a un paciente que solicite prácticas que no vayan de acuerdo a la ética del profesional, o de acuerdo a su criterio clínico profesional.
    • No ser grabado y/o fotografiado sin su consentimiento, y por tanto podrá exigir al paciente que no incurra en estas practicas.
    • El profesional tiene derecho a modificar sus jornadas de atención según sus requerimientos profesionales o de infraestructura, con previo aviso de al menos 72 horas para los pacientes ya citados y otorgando una opción de re agendamiento oportuna.

Políticas del Servicio Clínico Odontológico

  1. A considerar por parte de los profesionales:
    • Cuando un paciente acuda por primera vez a la red, el profesional debe realizar el registro de datos de identificación del paciente de forma completa en el sistema de ficha electrónica, y realizar el “Formulario de Inscripción del Paciente a Charlas Educativas” (disponible en página WEB AODCh).
    • Previo a iniciar cualquier tratamiento clínico, el profesional es responsable de explicar y facilitar al paciente el Consentimiento Informado AODCh, para proceder a la firma de éste; cualquier paciente que se niegue a firmar el consentimiento informado, no podrá ser atendido bajo la Red AODCh. El consentimiento debe ser registrado de forma digital y ser subido como archivo adjunto a la Ficha Clínica Electrónica dispuesta para ello.
    • De la misma forma, se debe explicar al paciente la importancia del uso de sus índices clínicos para el levantamiento de datos epidemiológicos en Odontología Deportiva a nivel nacional, para luego proceder a facilitar al paciente el Formulario de Consentimiento/Rechazo de Investigación Científica, para que pueda ser firmado por el paciente según la opción de su preferencia. El Formulario deberá ser registrado de forma digital y ser subido como archivo adjunto a la Ficha Clínica Electrónica dispuesta para ello.
    • Cuando el profesional opte por tomar fotografías de alguna situación clínica del paciente, meramente con fines educativos y/o investigativos, éste deberá solicitarle al paciente permiso para la difusión de las mismas; deberá explicar y  facilitar el Consentimiento de Difusión al paciente para su respectiva firma. El consentimiento debe ser registrado de forma digital y ser subido como archivo adjunto a la Ficha Clínica Electrónica dispuesta para ello. Las fotografías que sean tomadas por el profesional con el paciente, para efectos de mostrar el trabajo en equipo para redes sociales, SIEMPRE deberán ser tomadas de forma consentida y con conocimiento por parte del paciente, por lo que no se incluyen en dicho consentimiento.
    • Todos los profesionales odontólogos deben registrar las evoluciones clínicas en la ficha clínica electrónica institucional puesta a disposición para ello, independiente del lugar físico donde estén atendiendo al paciente deportista; eso incluye el registro apropiado y completo en relación a los aspectos de anamnesis, examen físico, diagnóstico, plan de tratamiento y detalle de la realización del mismo, al igual que el registro claro y preciso de derivaciones efectuadas, exponiendo las razones que motivan la interconsulta y a qué especialidad se realiza ésta.
    • Los profesionales que comiencen tratamientos odontológicos deben regirse a los aranceles preferenciales a pacientes deportistas establecidos por AODCh; del mismo modo, y en contexto de su actuar en calidad de prestador individual en contexto de una red multidisciplinaria, tendrá acceso a percibir el 100% de la remuneración asociada a esa prestación (con excepción de los profesionales que trabajen en infraestructura AODCh, quienes trabajarán con modalidad de pago fijo por jornada, sumado a pago por porcentaje de las acciones realizadas).
    • Todo profesional de la red, que se encuentre realizando un tratamiento complejo donde requiera opinión/asesoría por otro colega de la misma especialidad u otra, podrá hacerlo mediante la instancia de mesa redonda mensual, mediante comunicación directa con otro colega de la red o, en casos de mayor urgencia, directamente por contacto con los miembros de la Directiva AODCh, quienes evaluarán la mejor opción de resolver la petición de la forma más oportuna posible.
    • AODCh se compromete a buscar la mejor calidad de atención para sus deportistas de la mano con establecer una mayor confianza y respaldo para sus miembros, por lo que de forma aleatoria se guarda el derecho de poder realizar encuestas de satisfacción a pacientes y profesionales, realizar contraloría clínica de fichas clínicas y tratamiento realizados, y/o apoyar en casos clínicos complejos.
    • Cualquier profesional que sea sorprendido realizando prácticas que atenten al respeto, veracidad y calidad de la atención odontológica de los pacientes deportistas, u prácticas que atenten a la integridad de otros miembros de la red, serán sometidos a sumario para evaluar una eventual amonestación o expulsión de la sociedad para casos más graves; no se van a tolerar acciones deshonestas, ya que no identifican la postura de trabajo en equipo y transparencia AODCh.
    • En caso de reclamos, y si bien AODCh podrá funcionar como ente moderador en respaldo de los profesionales de la Red y de los pacientes que en ella se tratan, éstos se deben realizar y resolver directamente con el profesional tratante en su calidad de prestador individual de servicios; en caso de no llegar a acuerdo entre las partes, AODCh se prestará para realizar contraloría de Ficha Clínica de ese caso en particular y, considerando los alegatos de ambas partes involucradas, dará un veredicto en relación a ello.
  2. A considerar por parte de los pacientes:
    • Cuando el paciente acude por primera vez a la red, debe facilitar los datos de identificación requeridos en la ficha clínica. Del mismo modo, y si es de su interés, debe solicitar al profesional que se le realice el “Formulario de Inscripción del Paciente a Charlas Educativas”, la cuales serán coordinadas por grupos y temas distribuidas a lo largo del año.
    • Para poder comenzar el tratamiento odontológico en la red de profesionales AODCh, el paciente debe realizar la comprensión y firma del Consentimiento Informado; para ello, puede solicitar la clarificación de todos los aspectos que causen duda al profesional; en caso de negarse a la firma, el paciente no podrá ser atendido en la red de profesionales AODCh.
    • Si el profesional decide que para el tratamiento del paciente es importante el registro mediante medios fotográficos de su situación clínica, éste debe explicar y facilitar al paciente el Consentimiento Informado de Difusión Fotográfica para su firma; en caso de no encontrarse de acuerdo, el profesional no podrá tomar ni difundir fotografías del paciente. Las fotografías que sean tomadas por el profesional con el paciente, para efectos de mostrar el trabajo en equipo para redes sociales, SIEMPRE deberán ser tomadas de forma consentida y con conocimiento por parte del paciente, por lo que no se incluyen en dicho consentimiento.
    • Uno de los aspectos más importantes del proyecto AODCh es el levantamiento de datos epidemiológicos que apuntan al desarrollo de políticas públicas a nivel nacional, por lo que a todos los pacientes se le aplicarán ciertos métodos diagnósticos clínicos en contexto de su diagnostico integral; estos datos podrán ser utilizados de forma anónima en publicaciones científicas. El paciente se encuentra en derecho de realizar preguntas al profesional en relación a este aspecto, al igual que acceder o rechazar esta iniciativa. Para cualquiera de los dos casos, esta preferencia debe estar documentada en el Formulario de Consentimiento/Rechazo de Investigación Científica, el cual será respaldado de forma digital y subido a la ficha clínica electrónica del paciente.
    • El pago de las prestaciones clínicas puede ser realizado por el paciente mediante la modalidad de pago por prestación realizada o pago de plan de tratamiento completo previo a realización; no se aceptará el pago tardío de las prestaciones, o mediante abonos que no incluyan el precio de la prestación realizada.
    • El paciente tiene acceso a una garantía de 1 año de los tratamientos realizados, donde se podrá acercar directamente al profesional tratante para resolver dudas o consultas en relación al(los) tratamiento(s) realizado(s).
    • En caso de reclamos, y si bien AODCh podrá funcionar como ente moderador en respaldo de los profesionales de la Red y de los pacientes que en ella se tratan, éstos se deben realizar y resolver directamente con el profesional tratante en su calidad de prestador individual de servicios; en caso de no llegar a acuerdo entre las partes, AODCh se prestará para realizar contraloría de Ficha Clínica de ese caso en particular, y dar un veredicto en relación a ello, considerando los alegatos de ambas partes involucradas.
    • En relación a la prestación de Servicios Odontológicos por convenios/equipos, el núcleo familiar estará determinado según el estado civil del paciente. Para pacientes solteros(as), el núcleo familiar se referirá a sus familiares de primer grado (padres, hermanos, hijos); para pacientes que se encuentren casados o unidos a otra persona mediante el acuerdo de unión civil, el núcleo familiar se referirá al cónyuge/pareja de unión civil, e hijos.
    • AODCh se compromete a buscar la mejor calidad de atención para sus deportistas de la mano con establecer una mayor confianza y respaldo para sus miembros, por lo que de forma aleatoria se guarda el derecho de poder realizar encuestas de satisfacción a pacientes y profesionales, realizar contraloría clínica de fichas clínicas y tratamiento realizados, y/o apoyar en casos clínicos complejos.

Políticas de Agendamiento y Cancelación

  1. Los pacientes interesados en adherir al tratamiento odontológico con la Red de Profesionales AODCh, deben realizar su agendamiento mediante la página WEB, en el link dispuesto para ello.
  2. Las horas agendadas podrán ser canceladas con un de máximo 24 horas previas; cualquier cancelación que se produzca en un rango menor a este período, será considerado como una inasistencia con aviso. En caso de que se acumulen más de 3 inasistencias con aviso, el paciente será amonestado mediante el bloqueo de su capacidad para agendar horas por un período de 3 meses.
  3. En el caso de inasistencias sin aviso, el paciente que incurra en 3 inasistencias de este tipo, será dado de Alta Administrativa de su tratamiento, y no podrá seguir accediendo al tratamiento con la Red de Profesionales AODCh; si se diera este caso, el paciente tendrá acceso a una apelación, mediante link de contacto dispuesto en página WEB, que será revisada por la directiva AODCh en conjunto con los profesionales a cargo del tratamiento del paciente, para determinar si se mantendrá o revocará esta medida. 

Políticas de Membresías AODCh

  1. Los profesionales, técnicos y estudiantes adheridos a la Red AODCh, deben ser miembros activos y comprometidos con el trabajo en equipo y su educación continua; por lo mismo, será fundamental que garanticen un porcentaje mínimo de participación a las mesas redondas mensuales que se realizarán en modalidad de videoconferencia. Este porcentaje mínimo será de un 75% para los pacientes profesionales odontólogos y para los estudiantes (ausencia máx. 3 reuniones), mientras que para los profesionales no odontólogos y técnicos será del 50% (ausencia máx. 6 reuniones). Para los miembros que llegasen a no cumplir con estos requisitos, AODCh se reserva el derecho de reevaluar su condición de miembro activo en la asociación, la cual será notificada al miembro en cuestión, contando con una instancia de apelación por parte del mismo. 
  2. Según necesidad de funcionamiento de la Red, AODCh se reserva el derecho de ajustar de forma anual el valor de la membresía, con el único objetivo de poder asegurar el funcionamiento del proyecto.